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El Supremo avala que la empresa obligue al reconocimiento médico a sus trabajadores
El derecho del trabajador a negarse a pasar el reconocimiento médico de la empresa termina donde empieza el riesgo grave para la vida, integridad y salud de terceros “que pueden verse afectados por la indolencia del trabajador renuente”. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo se expresa de este modo en una reciente sentencia (cuyo texto puede consultar aquí), para establecer los límites al derecho a la intimidad de los trabajadores en relación a los exámenes obligatorios de salud en determinados casos.