Los caseros tendrán que comunicar con seis meses de antelación su decisión de no prorrogar determinados contratos de alquiler.
El BOE publicó este miércoles el Real Decreto-ley 28/2026, que reforma la duración de los alquileres de vivienda habitual, y el Real Decreto-ley 29/2026, de protección de la función social de la vivienda (disponibles en el botón ‘descargar resolución’ ). El segundo entró en vigor ayer, 8 de octubre; el primero, el 15 de noviembre.
Ambos se remiten al Congreso para su convalidación, tras la derogación de los anteriores. Mientras tanto, rigen. Para el arrendador, hay cinco puntos que revisar ya.
- Vencimientos y preavisos
- Indemnización y causas que la excluyen
- Renta y actualización
- Gastos, garantías y anuncios
- Venta e impago
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