La doctrina de 2024 a 2026 ha desplazado el riesgo del despido disciplinario desde el fondo hacia la forma, y desde la improcedencia hacia la nulidad. Con la indemnización tasada blindada por el Supremo y la reforma legal en suspenso tras la disolución de las Cortes, el despido de 2027 se ganará o se perderá antes de entregar la carta.
Durante años, preparar un despido disciplinario consistía sobre todo en reunir prueba suficiente del incumplimiento. Esa premisa ya no basta. En apenas veinticuatro meses, la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha introducido tres cambios de calado. Ha convertido la audiencia previa en requisito de todo despido disciplinario.
Ha cerrado la puerta a las indemnizaciones adicionales por vía judicial. Y ha restringido el uso de la teoría gradualista en los casos de apropiación.
En paralelo, la Ley 15/2022 ha abierto un frente de nulidad por enfermedad que los tribunales superiores resuelven con criterios todavía dispares.
Además, desde el 5 de octubre, el Real Decreto 723/2026 ha cambiado las reglas de información sobre el periodo de prueba.
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